La Directiva
2010/31/UE, relativa a la eficiencia energética de los edificios,
obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los
edificios o unidades de estos, que se construyan, vendan o alquilen.
En España es el Real
Decreto 235/2013, de 5 de abril, el que establece la obligación de
poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios
un Certificado de Eficiencia
Energética que debe incluir
información objetiva sobre las características energéticas de los
edificios. La entrada en vigor de dicho Real Decreto es el 1 de junio
de 2013.
PREGUNTAS
FRECUENTES
▪ ¿Qué
edificios están obligados a tener un Certificado de Eficiencia
Energética?
▫ Edificios o
unidades de edificios (pisos
y locales) existentes que se
vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.
▫ Edificios o
unidades de edificios de titularidad pública
que ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que
sean frecuentados habitualmente por el público.
▫ Edificios o
unidades de edificios de titularidad privada
que sean frecuentados habitualmente por el público,
con una superficie útil total superior a 500 m2 .
▫ Modificaciones,
reformas o rehabilitaciones de edificios existentes, con una
superficie útil superior a 1.000 m2 donde se renueve más del 25 por
cien del total de sus cerramientos.
▪ ¿Quién debe
solicitar el Certificado de Eficiencia Energética?
▫ El propietario
del edificio completo, vivienda o local destinado a uso independiente
será responsable de encargar la realización de la certificación de
eficiencia energética, así como de su correcta conservación.
▪ ¿Quién puede
realizar el Certificado de Eficiencia Energética?
▫ Será suscrito por
técnicos que estén en posesión de la titulación académica y
profesional habilitante para la realización de proyectos de
edificación o de sus instalaciones térmicas, elegidos libremente
por la propiedad del edificio.
▪ ¿Cómo se
realiza el Certificado de Eficiencia Energética?
▫ Mediante la
utilización del programa informático CE3 ó CE3X, que tiene la
consideración de documento reconocido por el Ministerio de
Industria, Energía y Turismo y Ministerio de Fomento.
▪ ¿Qué es un
Certificado de Eficiencia Energética de un inmueble?
Es un documento que
indica cuan eficiente es un edificio en el uso de la energía,
similar a los electrodomésticos y otros productos. La idea es que el
usuario del edificio sepa cuánto gasta el edificio.
▪ ¿Qué pasa si estando obligado no se realiza dicho Certificado?
▫ Se introduce la nueva figura administrativa de la infracción específica en materia de certificación energética de los edificios. Se mantiene que la no exhibición y/o puesta a disposición de la etiqueta y el certificado se considerará infracción en materia de defensa de los consumidores y usuarios de acuerdo con lo establecido la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
▪ ¿Qué pasa si estando obligado no se realiza dicho Certificado?